Ayudas para la producción de películas y documentales para televisión sobre proyecto. Segunda Convocatoria 2010. Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Ministerio de Cultura.
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
▪ Producción de películas y documentales para televisión sobre proyecto de más de 60 minutos y menos de 200 minutos de duración. Presupuesto superior a 700.000€
BENEFICIARIOS
▪ Empresas productoras independientes inscritas en la sección primera del Registro de Empresas Cinematográficas y que NO hayan obtenido esta ayuda en la primera convocatoria.
CARACTERÍSTICAS DE LA SUBVENCIÓN
▪ La productora independiente deberá ejercer como productor ejecutivo y debe participar con un mínimo del 25% en la titularidad de los derechos de explotación.
▪ Intensidad: Importe máximo no podrá ser superior a 300.000€ siempre que no supere el 50% del presupuesto del proyecto ni la inversión del productor.
La cuantía se calculará aplicando al importe del presupuesto el % que corresponda según los siguientes tramos:
Presupuesto entre 700.000 y 800.000 euros: 20 por 100. Presupuesto entre 800.001 y 850.000 euros: 22 por 100. Presupuesto entre 850.001 y 900.000 euros: 24 por 100. Presupuesto entre 900.001 y 950.000 euros: 26 por 100. Presupuesto entre 950.001 y 1.000.000 euros: 28 por 100. Presupuesto superior a 1.000.000 euros: 30 por 100.
▪ Es imprescindible presentar un contrato suscrito entre la productora y el prestador de servicio de radiodifusión o emisión televisiva.
▪ Criterios de evaluación: a. Hasta 45 puntos. Calidad y valor artístico del proyecto b. Hasta 25 puntos. Equilibrio y adecuación del presupuesto c. Hasta 25 puntos. Solvencia y curriculum del productor d. Hasta 5 puntos. Si la directora o guionista es mujer
▪ Pago: Único, una vez recibida la aceptación y siempre que se haya presentado el contrato suscrito entre la productora y el prestador de servicio de radiodifusión o emisión televisiva.
PLAZOS/ PRESENTACIÓN
▪ 10 de septiembre de 2010 ▪ Las solicitudes se pueden presentar por Registro Electrónico del Ministerio de Cultura [http://www.mcu.es/principal/accesoS...] o en las oficinas habilitadas como Registro Público.
▪ Documentación necesaria:
a. Memoria firmada pro al empresa productora, el guionista y el director
b. Contrato suscrito entre la productora y el prestador de servicio de radiodifusión o emisión televisiva.
c. Contrato en el que se acredite de forma inequívoca la cesión al productor de los derechos sobre el guión, el importe de la contraprestación correspondiente al autor o autores del mismo, así como, en su caso, la cesión de los derechos de opción sobre la obra preexistente.
d. Guión, sinopsis, hoja resúmen del modelo oficial de presupuesto
e. Presupuesto en modelo oficial
f. Plan de trabajo
g. Documentación acreditativa del plan de financiación.